Page 22 - Revista Más que Seguros
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¿Existe la obligatoriedad de colocar la etiqueta en nuestro vehículo?
La DGT insiste en que no
hay obligación de colocar
el distintivo ambiental en el vehículo, pero sí recomiendan pegarla en cualquier zona visible del mismo, principalmente
en la parte inferior derecha del parabrisas delantero para permitir la rápida visión e identi cación del mismo por parte de las autoridades.
Funcionalidad y ventajas para el conductor
La autoridad competente en movilidad de cada región o ciudad podrá determinar los incentivos que ofrecerán en su ciudad a los vehículos menos contaminantes. La DGT, por ejemplo, ya permite que los vehículos con etiqueta azul, Cero emisiones, puedan circular por el carril bus VAO (Vehículos de Alta Ocupación) que podemos encontrar en algunas carreteras. El Ayuntamiento
de Madrid ofrece, además, la posibilidad a estos mismos automóviles de acceder a zonas de estacionamiento regulado (SER), sin una limitación horaria e incluso a la libre circulación por las calles y zonas que puedan estar restringidas por un alto nivel contaminante.
A  nales de 2016, Madrid fue pionera en la implantación de estas medidas restrictivas y de accesibilidad en el centro de la ciudad. Muy de cerca le sigue Barcelona que prohibió la circulación de los vehículos de más de 20 años de manera permanente en
la ciudad condal. Además,
el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) trabaja con la idea de que la restricción sea permanente para los turismos, furgonetas y camiones ligeros fabricados con la normativa
de emisiones Euro 1, es decir, anterior a 1993. El resto de provincias o comunidades autónomas españolas aún no se han pronunciado al respecto, pero seguro que no tardarán en sumarse a medidas similares.
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